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CONDICIONES GENERALES DE COMPRA - TORFAL, Lda.


1. CONDICIONES GENERALES
a) Las Condiciones Generales de Compra de TORFAL prevalecen sobre cualquier otro término o condiciones del proveedor.
b) El Proveedor al presentar cotización declara conocer y aceptar estas condiciones.
c) TORFAL se vincula a la solicitud escrita y emitida por su servicio de compras, no siendo reconocido ni válido ningún otro formato.
d) Cualquier cambio en el Pedido que haya sido emitido por TORFAL, sólo es vinculante cuando se confirma por escrito.
e) TORFAL no paga ningún valor para la preparación, elaboración y presentación de presupuesto por parte del proveedor.
f) La solicitud de cotización por parte de TORFAL no implica ninguna obligación de adquisición por parte de la misma.
g) Al aceptar el pedido, automáticamente el proveedor:
i. Reconoce que tiene pleno conocimiento de toda la información necesaria.
ii. Reúne las condiciones para ser proveedor TORFAL y prestar las garantías requeridas por TORFAL en el Pedido.
iii. Cualquier eventual incompatibilidades, dudas, errores o omisiones de la Orden, deberán ser colocadas por escrito a TORFAL.
h) Cualquier propuesta de modificación del Pedido solicitada por el Proveedor deberá ser expresamente aprobada por TORFAL por escrito.
i) No aceptamos rollos de tejido con un peso superior a 30 kg, siendo las piezas enviadas en estas condiciones sujetas a devolución.

2. SUMINISTRO
a) El pedido deberá ser cumplido por el proveedor en estricto cumplimiento con las especificaciones técnicas indicadas por TORFAL, en los plazos definidos, en las condiciones de suministro, cantidades y calidades establecidas.
b) Siempre que sea solicitado por TORFAL, el proveedor deberá participar personalmente o representado por una persona cualificada y autorizada en las reuniones relativas al ámbito de su suministro.
c) El Proveedor está obligado a cumplir y hacer cumplir por su personal, rigurosa e integralmente, toda la reglamentación técnica y otras instrucciones, que le hayan sido indicadas por TORFAL.
d) La transferencia del riesgo del objeto del Pedido se realiza con la entrega del objeto en las condiciones y lugares acordados.
e) El Proveedor está expresamente prohibido, salvo acuerdo previo de TORFAL:
I. Ceder o transferir parte o la totalidad de la presente Orden;
II. Constituir una empresa, consorcio o grupo de cualquier tipo para llevar a cabo la realización del Pedido;
III. Subcontratar las partes del pedido que soliciten su especialización.

3. ACEITACIÓN DE LA ENCOMIENDA  
La aceptación del pedido se realizará mediante envío a TORFAL de un correo electrónico, confirmando la recepción del pedido y de las condiciones descritas (incluidas las fechas de entrega). Sin embargo, se considerará aceptado, incluso si dicha confirmación no se envía a TORFAL.

4. CONFIDENCIALIDAD
a) El proveedor se obliga a no divulgar a terceros ya no utilizar, en provecho propio o de terceros, cualquier información que le sea puesta a disposición o revelada por TORFAL.
b) El proveedor se obliga a guardar en un lugar seguro la documentación puesta a su disposición, en particular fichas técnicas, dibujos, croquis, etc. Tales documentos, deberán ser devueltos cuando sea requerido por la TORFAL o destruidos, debiendo el proveedor demostrar y confirmar por escrito la adecuada destrucción.
c) La obligación de confidencialidad subsiste incluso después del cese o del cumplimiento del Pedido.

5. PRECIO
a) Los precios acordados son finales y fijos y no sujetos a revisión o reclamación por parte del proveedor.
b) Las ofertas presentadas por el proveedor deberán indicar el precio en euros con la percepción del IVA y del tipo aplicado. En caso de omisión de dicho descriptivo en el precio, se entiende que el valor presentado incluye el IVA al tipo legal.
c) Los precios constantes de la Propuesta del Proveedor incluyen todos los costos y gastos que resulten de la ejecución del Pedido.
d) En cuanto a productos o bienes importados, el precio considerado es el de la fecha del pedido.

6. ACONDICIONAMIENTO Y ENVÍO DE MERCANCIAS
a) El Proveedor se obliga a indicar el número de pedido en toda la documentación (guías de envío, facturas, etc.) y en toda la correspondencia inherente a ella.
b) El proveedor facilitará a TORFAL, junto con los materiales suministrados, una lista discriminatoria de todos los elementos entregados (packing list)
c) TORFAL, en situaciones excepcionales, podrá solicitar al proveedor el aplazamiento de la expedición (total o parcialmente) de los bienes.
d) TORFAL sólo aceptará las cantidades o el número de unidades efectivamente solicitadas. Las cantidades por encima o por debajo del solicitante sólo se permitirán con la aprobación por escrito.
e) Si procede, junto con el pedido deberá enviar el prototipo que sirvió de base para la producción.

7. INSPECCIÓN DE PRODUCTOS Y SERVICIOS
a) Todas las prendas y mercancías están sujetos a la inspección y aprobación de TORFAL y serán devueltas en caso de no corresponder, quedando a cargo del proveedor todos los gastos inherentes a su devolución, reparación y sustitución.
b) Con el fin de poder realizar, en el marco del suministro, auditorías, reconocimientos o la verificación de materiales y procesos de fabricación de acuerdo con las especificaciones del Pedido, el Proveedor dará a los representantes de TORFAL libre acceso a sus instalaciones, siempre que resulte conveniente, pudiendo la TORFAL hacerse acompañar por el Cliente.
c) Se levantarán procesos de no conformidad siempre que, en cualquier fase de la ejecución del Pedido, se hayan detectado anomalías. Posibles ocurrencias no suspenden el cumplimiento del Pedido, pero puede dar lugar a la aplicabilidad de sanciones.

8. FECHAS DE ENTREGA, RETRASOS Y SITUACIONES DE FUERZA MAYOR
a) El proveedor se obliga al cumplimiento de los plazos y fechas de entrega definidas y comunicadas
b) El Proveedor que tenga conocimiento de que la fecha fijada o acordada no puede ser cumplida por cualquier razón, deberá notificar por escrito a TORFAL, mencionando las razones del retraso y el plazo previsto para la entrega.
c) Los retrasos en entregas provocadas por motivos de fuerza mayor (fuego, huelgas, desorden público, accidentes naturales) liberan a TORFAL de cumplir el contrato pudiendo efectuar la resolución del mismo sin ninguna aplicación de penalidad por parte del proveedor.
d) Siendo la prenda o servicio recibido antes del plazo fijado a TORFAL se reserva el derecho de efectuar el pago a partir de la fecha de entrega acordada.

9. SANCIONES
a) TORFAL se reserva el derecho, en caso de que el Proveedor, por motivos que le sean imputables, no cumpla los plazos definidos en la presente Enmienda, le aplicar las siguientes sanciones:
i. 0,3% del valor total del contrato o de la Orden por cada día de retraso de hasta un máximo del 5% del valor global del contrato o del Pedido.
ii. TORFAL se reserva el derecho de promover eventuales procedimientos legales contra el proveedor.

10. SEGUROS
a) El Proveedor será responsable de celebrar y mantener en vigor todos los seguros necesarios para el pleno cumplimiento del Pedido, el proveedor estará obligado a presentarlos a TORFAL, siempre que lo solicite.

11. MEDIO AMBIENTE
a) El proveedor tendrá que tener especial atención a las buenas prácticas en la defensa del medio ambiente ya los aspectos ambientales que deberá cumplir para su actividad. En el transcurso de la realización de trabajos contratados por nosotros, deberán tener siempre presente la IT05 - Buenas prácticas de Proveedores (divulgada vía e-mail.)

12. MARCAS, MODELOS, PROPIEDAD INTELECTUAL E INDUSTRIAL
a) El Proveedor garantiza que su actividad no implicará la violación de los derechos de propiedad intelectual de terceros.
b) El proveedor garantiza que todos los materiales o servicios no infringen los derechos de propiedad intelectual o industrial de terceros.
c) El proveedor indemnizará a TORFAL ya sus socios contractuales contra cualquier reclamación de terceros debido a infracciones de derechos de propiedad intelectual y será responsable de todos los costes que ello conlleva.
d) Cualquier material confiado al Proveedor por TORFAL a efectos de ejecución del Pedido, en particular dibujos, moldes, accesorios, materias primas, etc., invertirá el Proveedor en las obligaciones legales de fiel depositario de dichos materiales.
e) El Proveedor es también responsable de la pérdida o daño en los artículos proporcionados por TORFAL. Esto soportará todos los costos de sustitución de los artículos perdidos o dañados y todos los daños causados ​​a TORFAL por tal pérdida / daño.
f) Todos los moldes, diseños, prototipos, informes y otras creaciones intelectuales elaboradas por el Proveedor en virtud de lo pedido, así como todos los derechos de propiedad intelectual o industrial sobre los mismos serán propiedad de TORFAL.

13. GARANTIA
a) Salvo disposición expresa en contrario este se obliga a prestar la garantía de los bienes suministrados por un período mínimo de 24 (veinticuatro) meses. Los plazos se refieren a la fecha de entrega en el lugar acordado
b) La reparación o sustitución de los elementos defectuosos implica el inicio del recuento de un nuevo período de garantía.

14. FACTURACIÓN Y CONDICIONES DE PAGOS
a) Las condiciones de pago de los suministros se indican en la solicitud. El plazo de pago será a partir de la fecha de recepción de la factura. El pago se efectúa bajo reserva de análisis y conferencia de la factura.
b) Las facturas deben contener además del descriptivo de los bienes o servicios y de los datos legales, la información sobre el número de guía de envío que acompañó las mercancías, así como el número de pedido que le dio origen. Será objeto de devolución cualquier factura que se reciba sin todos los datos solicitados, o sin el Pedido asociado, valiendo como fecha de recepción de la misma la fecha de la última versión.
c) En caso de verificación de defecto o no conformidad del bien, así como de la entrega parcial del mismo, TORFAL se reserva el derecho de no efectuar el pago hasta que la situación sea resuelta por el proveedor.

15. TERMINACIÓN
a) El pedido puede ser rescindido por TORFAL, en cualquier momento y sin ninguna responsabilidad o cargo financiero, en cualquiera de las siguientes hipótesis:
i. Si los suministros realizados no se ajustan a las especificaciones acordadas, o los plazos de entrega no se cumplen;
ii. Si se declara la quiebra o la insolvencia del proveedor;
iii. Si el Proveedor infringe cualquiera de las cláusulas de las Condiciones Generales de Compra;
iv. En cualquier otro caso de rescisión previsto en la Ley.

16. LEY APLICABLE Y REGULACIÓN DE LITIGIOS
a) Las condiciones y pedidos se rigen en todos los aspectos por la legislación vigente en el ordenamiento jurídico portugués.
b) Para la resolución de cualquier litigio emergente, las Partes atribuyen competencia exclusiva al Tribunal de Covilhã.